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Vicedecanatura

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Cada Facultad tendrá un Vicedecano de libre nombramiento y remoción por el Decano, quien lo reemplazará en sus faltas temporales (artículo 39 del Acuerdo 11 de 2005 del Consejo Superior Universitario).

Para el periodo 2022-2024 la Vicedecana de la Facultad es la profesora Carmen Rosa Bonilla Correa.


 

Funciones, entre otras:

  • Apoyar y realizar seguimiento a los procesos de autoevaluación y evaluación externa con fines del reconocimiento de la calidad
  • Proponer la articulación de acciones de los planes de mejoramiento con el plan de acción de la facultad
  • Realizar seguimiento a la ejecución de los planes de mejoramiento propuestos por los programas curriculares de su facultad
  • Realizar seguimiento a la evaluación continua de los programas curriculares de su facultad
  • Coordinar las actividades relacionadas con la Práctica Profesional
  • Realizar las actividades correspondientes a los procesos de Gestión de Calidad (Macroproceso de Formación) y Gestión Documental.

 


 

Práctica Profesional
(Acuerdo 027 de 2014 de Consejo de Facultad de Ciencias Agrarias)

  • La Práctica Profesional es una asignatura semestral con doce (12) créditos, coordinada por la Vicedecanatura de la Facultad de Ciencias Agrarias.
  • La Práctica Profesional podrá realizarse en una sede de la Universidad Nacional de Colombia, en una institución o empresa de producción agropecuaria, agroindustrial, de comercialización, de desarrollo rural, organización gremial, centro de investigación nacional o internacional, o en Universidad de carácter público o privado formalmente constituida y reconocida o con agricultor a título individual, que en adelante y para los fines del Acuerdo 027 de 2014 se le denominará Entidad Externa.
  • La Práctica Profesional se desarrollará de acuerdo con un programa de trabajo concertado entre la Entidad Externa, la Facultad y el Estudiante (Art. 15, Acuerdo 027 de 2014).
  • La Práctica Profesional tendrá una duración mínima de cuatro (4) meses y máxima de seis (6) meses, en lo posible coincidentes con la duración del periodo académico (Art. 16, Acuerdo 027 de 2014).
  • Las Entidades Externas que realicen convenios con la Facultad, deberán tener en cuenta lo siguiente:
  • El proceso inicia con una solicitud que realiza la empresa interesada, luego de lo cual deben llenar el formato de solicitud de convenios y enviarlo a la Facultad junto con el RUT y la Cámara de Comercio.
  • Con la información de formato de solicitud de convenio de prácticas, la oficina de Relaciones Interinstitucionales redacta el convenio según el formato final ya establecido y aprobado por la Facultad. El texto del convenio junto con los documentos de la Entidad se envían al Consejo de Facultad y cuando el convenio es aprobado, se procede a realizar el trámite de perfeccionamiento que consiste en la firma del documento por parte de los representantes de la Facultad y de la Entidad.
  • Para convenios Nacionales se firmará por el Decano de la Facultad y para convenios Internacionales se firmará por el Rector de la Universidad Nacional de Colombia.

 

Entidades externas

Para la aprobación de la Entidad Externa en donde el estudiante realizará la Práctica Profesional, será necesario que la Entidad Externa oferente envíe los siguientes documentos:

  1. Carta de presentación de la Entidad Externa, donde se especifiquen las actividades que llevará a cabo el estudiante.
  2. Certificación de Existencia y Representación Legal vigente de la Entidad Externa. En caso de ser una institución pública basta con señalar la norma de creación legal o reglamentaria.
  3. Copia del RUT.
  4. Entidades Externas oferentes que no cumplan con alguno de los anteriores documentos deben enviar carta explicando su situación particular para análisis y concepto.
  5. Entidades que no cumplan con estos requisitos no se les aprobará la solicitud y se le cancelará el proceso.

 

Compromisos de las entidades externas

  1. Elaborar contrato de aprendizaje entre la Entidad y el Estudiante acorde con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 789 de 2002.
  2. Suministrar el apoyo económico necesario para que el estudiante pueda desarrollar su Práctica Profesional, el cual no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente (Artículo 30 de la Ley 789 de 2002).
  3. Afiliar al estudiante a entidades aseguradoras de riesgos profesionales por la ARP que cubre la empresa (Artículo 30 de la Ley 789 de 2002).
  4. Designar como Asesor Externo a un profesional con capacitación adecuada para cumplir con los fines del plan de trabajo a desarrollar por el estudiante (ver otros compromisos en el (Artículo 20 del Acuerdo 027 de 2014 de Consejo de Facultad).

 

Formatos

  1. Normatividad: Acuerdo 027 de 2014
  2. Plan de trabajo: Formato plan de trabajo
  3. Informe de avance: Informe Avance Práctica Profesional
  4. Informe final: Informe Final Práctica Profesional
  5. Evaluación de desempeño: Evaluación de Desempeño Práctica Profesional
  6. Convenio específico para prácticas profesionales (Empresas): Convenio

 

¿Cómo es el procedimiento de las prácticas profesionales?

 

 

 

 

Dependencias
 

 

 

Mayor Información

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