Vicedecanatura
La Vicedecanatura Académica es la dependencia asesora de la Decanatura en asuntos académicos para la articulación de las funciones misionales de formación, investigación y extensión. Lidera la formulación de políticas académicas y coordina el diseño, programación, desarrollo y evaluación de los programas curriculares de pregrado y posgrado. También formula planes de mejoramiento para los programas académicos.
Todo lo anterior se lleva a cabo con el apoyo de las Direcciones de Área Curricular, garantizando la integración efectiva de las funciones académicas y el desarrollo de propuestas que fortalezcan la calidad educativa.
Funciones
•Apoyar y realizar seguimiento a los procesos de autoevaluación y evaluación externa con fines del reconocimiento de la calidad
• Proponer la articulación de acciones de los planes de mejoramiento con el plan de acción de la facultad
• Realizar seguimiento a la ejecución de los planes de mejoramiento propuestos por los programas curriculares de la facultad
• Realizar seguimiento a la evaluación continua de los programas curriculares de la facultad
• Realizar las actividades correspondientes a los procesos de Gestión de Calidad (Macroproceso de Formación)
• Coordinar las actividades relacionadas con la Práctica
Profesional
Práctica Profesional:
La Práctica Profesional (12 créditos) es una asignatura del plan de estudios ofertada semestralmente y coordinada por la Vicedecanatura. El estudiante podrá inscribirla cuando haya aprobado las asignaturas de Ciclo II y Agroecosistemas y Sistemas de Producción.
Podrá realizarse en una sede de la Universidad Nacional de Colombia, en una institución o empresa de producción agropecuaria, agroindustrial, de comercialización, de desarrollo rural, organización gremial, centro de investigación nacional o internacional, o en Universidad de carácter público o privado formalmente constituida y reconocida o con un agricultor a título individual.
Duración: tendrá una duración mínima de cuatro (4) meses y máxima de seis (6) meses, en lo posible coincidentes con la duración del período académico. Apoyo económico: Las institución debe suministrar el apoyo económico necesario para que el estudiante pueda desarrollar su Práctica Profesional, el cual no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente (artículo 30 de la Ley 789 de 2002). La empresa o entidad debe realizar la afiliación y pagos a la Administradora de Riesgos Laborales ARL
La práctica profesional está reglamentada por el Acuerdo 1 de 2023 del Consejo de Facultad de Ciencias Agrarias http://www.legal.unal.edu.co/rlunal/home/doc.jsp?d_i=104512
Más información en :
Link corto: https://bit.ly/practica-pasantia-FCA